Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0156/2013-RCA
Fecha: 01-Ago-2013
II.3. Análisis del caso en revisión
Por todo lo señalado y conforme a la jurisprudencia citada, corresponde revisar los elementos requeridos para la aceptación de dicha solicitud; al respecto se evidencia que la accionante voluntariamente interpuso el referido memorial ante la Jueza de garantías, antes de que pronunciara la resolución final, el mismo que se encuentra firmado por la propia actora como titular de los derechos supuestamente vulnerados y su abogado; además, se advierte que no existen razones de orden público o relevancia nacional que determinen rechazar la petición efectuada, correspondiendo por tanto aceptar el desistimiento de la acción, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- Fragmento 1
- Se van a resolver los agravios de manera conjunta en primer término con relación a la probabilidad de autoría cabe referir
- I.3. Petitorio
- I.4. Desistimiento
- por desistida
- I.1.
- II.2. De los efectos del desistimiento y/o retiro de acción de amparo constitucional
- Fragmento 8
- presente su desistimiento o retiro de demanda dentro de una acción de amparo constitucional, ya sea ante el juez o tribunal de garantías
- debe presentarse en forma escrita, con la firma del o de la titular del derecho y la de su abogado,
- aceptará el desistimiento o retiro de demanda, siempre y cuando no existan razones de orden público o relevancia nacional que conlleven a denegar dicha solicitud.
- Fragmento 12
- II.3. Análisis del caso en revisión
- CONFIRMAR