Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2013-RCA
Fecha: 07-Ago-2013
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 56/2013 de 1 de julio, cursante de 26 a 27, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia in limine
- Fragmento 3
- 4. En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantía constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional
- II.4. La acción de incumplimiento no procede contra vulneraciones de derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional
- II.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR