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    AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2013-RCA

    Fecha: 09-Ago-2013

    I.2. Derechos supuestamente vulnerados

    Se aduce la vulneración a los derechos a la inviolabilidad de derechos, a ser oído y juzgado previamente y al debido proceso, citando al efecto los arts. 13.I, 14.II. 109.I, 115.II, 117.I y 180.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 del Pacto de San José de Costa Rica; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • Fragmento 5
    • Fragmento 6
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • II.2.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • Sin considerar los recursos, incidentes u otros medios no previstos por ley, o presentados extemporáneamente,
    • CONFIRMAR

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