AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2013-RCA
Fecha: 15-Ago-2013
I.4. Resolución del Tribunal de garantías
La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 176/2013 de 17 de julio, cursante a fs. 194 y vta., dispuso la remisión de la presente acción al Tribunal Constitucional Plurinacional por existir “conexitud” de causa, sujetos y objeto con las acciones de amparo constitucional interpuestas por Oscar Vargas Ortiz y Leonardo Roca Egüez contra los hoy accionados quienes solicitaban la nulidad de las Resoluciones Municipales 116/12 y 215/2012, habiéndose denegado la primera por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mientras que en la segunda acción, radicó ante ese Tribunal de garantías.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- declarará la improcedencia de la acción que se notificará a la parte accionante, para que en el plazo de tres días presente impugnación a la resolución asumida.
- III.
- en caso de admisión
- se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución
- II.2. Análisis de la resolución elevada en revisión