AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0193/2013-RCA

Fecha: 28-Ago-2013

I.4. Resolución del Tribunal de garantías

La Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituido en Tribunal de garantías, por proveído de 25 de julio de 2013, cursante a fs. 19, dispuso que las accionantes, en cumplimiento del “art. 30.I.1”, previamente subsanen la acción intentada cumpliendo las observaciones referidas a indicar con precisión; el domicilio de las autoridades accionadas para su citación y notificación ya que a esa fecha las mismas se encontraban con vacación judicial; la relación de los hechos e identificar los derechos o garantías que se consideren vulnerados; manifestar si se agotaron todas las instancias pertinentes, recursos y todo medio de defensa; y, presentar toda prueba en la que respalden la presente acción en original o en su defecto debidamente legalizada. Posteriormente, la parte accionante mediante memorial de 31 del mismo mes y año, cursante de fs. 21 a 23 vta., presentaron la misma.