CONFIRMÓ
Por los argumentos expuestos, la Magistrada que suscribe considera que, el Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Liquidadora, si bien CONFIRMÓ la Resolución pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y, en consecuencia, CONCEDIÓ en parte la tutela demandada, en cuanto al derecho de petición, y DENEGÓ respecto al derecho al trabajo y remuneración justa, no correspondía dimensionar los efectos de la inicial tutela, por los argumentos desarrollados ut supra.
