Segundo.-
Segundo.- En el caso no se advierte que los accionantes, en la exposición de los hechos presuntamente lesivos, asignen mayor relevancia al hecho de no haberse dado respuesta a sus notas presentadas el 9 de agosto y 8 y 19 de septiembre de 2011, menos lo reflejan como un elemento que de alguna manera afecte sus intereses, así se colige de la petición contenida en su memorial de amparo constitucional, en el que se avocan a peticionar tutela sólo por el restablecimiento de sus sueldos, por el desempeño de sus funciones como Concejales Municipales, sin expresar en modo alguno que la autoridad demandada brinde respuesta a sus notas ya citadas.
