Sentencia: 1093/2013-L de 30 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1093/2013-L de 30 de agosto

Fecha: 30-Ago-2013

a)

         Es así que en el caso de autos, en el momento de la revisión de los antecedentes surgen distintas dudas sobre el real y cabal cumplimiento de los requisitos de acreditación de: a) La propiedad indiscutible del predio, evitando de esta forma el pronunciamiento sobre hechos controvertidos; y, b) Las concurrencia de las medidas de hecho en la forma como ha explicado el accionante.

-respecto a algunos argumentos que presentaron los demandados y demandadas- desestima los contratos de venta preliminar que realizó FIDES a favor de la Asociación de Damnificados “15 de abril” y del Barrio “Nueva América”, por no ser los mismos terrenos aquellos identificados con lo que presuntamente hubieren sido usurpados; ahora bien, es evidente que el contrato realizado con la citada asociación identifica puntualmente los terrenos objeto de la pre venta, sin embargo, el documento legal realizado entre FIDES y los personeros del Barrio “Nueva América” no cuenta con dicha señalización por manzanos, sino por ubicación y colindancias (Conclusiones II.3 y 4 de la SCP 1093/2013-L); entonces, respecto a este punto no se ha aclarado específicamente cuáles son los terrenos que se encuentran involucrados en el asunto, lo que activa la duda sobre si se tratarían de los mismos terrenos, y de ser afirmativa la respuesta a esta interrogante, existe un hecho controvertido que debe ser primordialmente resuelto por la jurisdicción ordinaria y no así por esta.