Sentencia: 1112/2013-L de 30 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1112/2013-L de 30 de agosto

Fecha: 30-Ago-2013

II.2.  Del derecho de propiedad

El derecho a la propiedad se encuentra garantizado en los arts. 14. III y 56.I de la CPE, que, establecen: “Toda persona tiene derecho a la propiedad privada individual y colectiva, siempre que esta cumpla una función social”; en relación con el art. 21 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, que conforma el bloque de constitucionalidad como dispone el art. 410.II de la CPE.