Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante del accionante, acude a la jurisdicción constitucional señalando que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal en suplencia legal de su similar Tercero, señaló audiencia conclusiva para la misma fecha en que ese Distrito Judicial -ahora departamento- empieza su receso de fin de año -27 de diciembre de 2011-, hecho que vulnera sus derechos a la libertad y a la locomoción. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.