SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante considera vulnerado sus derechos al debido proceso y a la defensa; en razón a que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la comisión del delito de estafa mismo que se encuentra con sentencia ejecutoria, la parte querellante habría desistido de la acción penal, por lo que planteó extinción de la pena, que fue rechazada por la autoridad ahora demandada, consecuentemente apeló dicha resolución declarándose probado en parte y disponiéndose la extinción de la pena; en ese sentido, al devolverse el legajo al juez a quo, éste remitió esos actuados a la Sala Penal Primera en la cual se ventilaba la calificación del daño civil, por lo que considera que al no haberse dado inmediato cumplimiento al Auto de Vista que dispuso la extinción de la pena, se vulneró sus derechos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. Reparación del daño civil
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Otras consideraciones
- REVOCAR