SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0931/2013-L
Fecha: 26-Ago-2013
a)
La accionante por medio de su abogado, ratificó el contenido de la acción de libertad y amplío sus argumentos, bajo los siguientes términos: a) El Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, sustanció desde enero “del presente año”, un proceso por la presunta comisión del delito de peculado, disponiendo el rechazo a la solicitud de cesación de detención preventiva, de acuerdo al art. 234.6 del (CPP), cuando la citada normativa debe ser aplicada a la conclusión de un juicio oral, momento procesal distinto al que se encuentra el proceso referido; y, b) No corresponde el fundamento expuesto por los demandados para el rechazo a la cesación de la detención preventiva, señalando que la petición ya fue revisada y resuelta, no pudiendo ser examinada nuevamente, porque generaría caos procesal, emergente del análisis reiterado de los actos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de libertad
- III.2. Sobre la fundamentación y motivación de resoluciones que dispongan la aplicación de una medida cautelar personal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR