SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0961/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

a)

El accionante por intermedio de su abogado, en audiencia ratificó y amplió su demanda, expresando los siguientes argumentos: a) Dentro de la denuncia presentada por Patricia Rodríguez Zambrana, el Fiscal de Materia requirió la realización de examen psicológico y forense a la víctima, los que fueron llevados a cabo sin control jurisdiccional, por cuanto el informe de inicio de investigaciones, recién se cumplió el 1 de octubre de 2011; b) Las “SSCC 0140/2004-R y 0437/2005-R” obligan el control jurisdiccional, a todos los actos de investigación que realiza el Ministerio Público y la policía, por tanto los realizados sin dicho control no tienen  valor alguno,  consiguientemente todo lo actuado  desde la denuncia hasta su aprehensión, violenta sus derechos y garantías, al contener defectos absolutos conforme lo prescribe el art. 169 núm. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP); c) En audiencia cautelar tales indicios fueron empleados para sustentar su detención preventiva, incluso el Ministerio Público se habría basado en la querella presentada por Patricia Rodríguez Zambrana, que no fue dirigida contra su persona; y, d) Siendo que los actos citados, carecen de control jurisdiccional, no existirían elementos que acrediten que su persona sea con probabilidad el autor del hecho.