SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0962/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

concedió

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 81 de 20 de octubre de 2011, cursante de fs. 60 vta. a 63, concedió la tutela solicitada, disponiendo la nulidad de la resolución dictada por los Vocales codemandados, a efectos de que realicen su valoración conforme a los arts. 124, 171 y 173 del Código de Procedimiento Penal (CPP), respetando el debido proceso, debiendo una vez notificadas las partes ,señalar audiencia dentro del plazo de tres días y llevar a cabo nuevamente la audiencia de apelación de la cesación de la detención preventiva, respecto a la Jueza demandada, Ruth Beatriz López Soraire, se declaró improcedente, en base a los siguientes fundamentos: a) Los Vocales demandados sin realizar una valoración de hecho y de derecho, tal como lo manda el art. 124 del CPP, excedieron su labor prevista en los arts. 171, 173 y 398 del mismo cuerpo legal; es decir, analizaron la conducta antijurídica del imputado, imponiéndole una pena anticipada, vulnerando el “art. 17 de la CPE”; y, b) El Vocal codemandado se limitó solamente a establecer qué foja se encuentra el certificado de trabajo presentado por el accionante e indicó que la Jueza demandada actuó y dictó su resolución en cumplimiento al art. 124 del CPP.