SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1083/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
1)
Ricardo Maldonado Aliaga, Juez Quinto de Instrucción Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, presentó informe escrito cursante de fs. 35 a 37 en los siguientes términos: 1) El presente caso llegó a su conocimiento por la recusación de los Jueces Noveno y Décimo de Instrucción en lo Penal, cuando se encontraba de turno, se llevó audiencia -no especifica el motivo de la misma- el 21 de agosto de 2011, a la que el accionante asistió sin la compañía de su abogado rechazando éste la defensa de oficio e interponiendo recusación contra él; posteriormente, fue retirada por el abogado, señalando que habría sido engañado por su cliente; 2) Respetando las normas procesales se llevó adelante la audiencia en la que evidenció circunstancias que acreditaban la posible fuga y obstaculización, por lo que se determinó su detención preventiva; 3) El 25 de octubre de 2011, cuando se encontraba de vacaciones la parte accionante interpuso acción de libertad contra los Fiscales de Materia Carlos Antonio Fiorilo Cruz y Jorge Lizandro Álvarez Arizmendi, denunciando que estuvo aprehendido por más de veinticuatro horas y que presentó recusación contra el Fiscal Fiorilo; y, 4) El accionante interpuso una anterior acción de libertad, misma que fue denegada, por lo que solicitó que se declare “improcedente” la presente acción, por existir identidad de sujeto, objeto y causa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- III.2. La triple identidad, como causal de denegatoria por existencia de cosa juzgada constitucional
- III.3.
- III.4.
- CONFIRMAR