SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1136/2013-L
Fecha: 30-Ago-2013
concedió
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 26/2012 de 13 de febrero, cursante de fs. 67 vta. a 71, concedió la tutela demandada, disponiendo que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, a través de la oficina correspondiente, emita resolución positiva o negativa a la solicitud de compensación de afectación a los lotes de terreno 10, 11 y 12 ubicados en la zona de Palmasola, urbanización “El Trigal” manzana 4, con una superficie de 922 m2, registrado bajo folio real 7.01.1.06.0093571, sea en el plazo de veinte días a partir de su notificación, al ser facultad del municipio hacer la disgregación de los lotes 6, 7 y 8, en mérito a los siguientes fundamentos: a) De antecedentes, se evidencia que existen varios escritos de solicitud de respuesta por parte de los accionantes, relativos a la petición de compensación de sus lotes de terreno y que el término para otorgar respuesta sobrepasó abundantemente; b) Se constató que la solicitud de compensación impetrada, no tuvo respuesta pronta, oportuna por parte de las autoridades municipales demandadas, aspecto reconocido en audiencia por los terceros interesados que se apersonaron; y, c) Se advierte encontrarse en curso, el trámite de visación de plano de uso de suelo ingresado el 1 de abril de 2010, y si bien se extendió el plano 2888 a nombre de los accionantes, el municipio cruceño cambio la ubicación de los lotes 10, 11 y 12 reubicándolos a los lotes 6, 7 y 8, sin verificar que ya tenían propietarios, por cuya razón se solicitó la compensación de tales lotes de terreno, que a la fecha no ha sido respondida; de manera positiva o negativa pese a la insistencia, siendo así evidente la vulneración del derecho de petición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho de petición
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR