Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1283/2013
Fecha: 02-Ago-2013
2º Disponer
2º Disponer que en caso de no haberse resuelto hasta la fecha, la situación jurídica del accionante, de manera inmediata y sin espera ni sorteo previo las autoridades demandadas emitan una nueva resolución debidamente fundamentada, definiendo y resolviendo en el fondo la cuestión planteada; es decir, determinando la procedencia o no de la solicitud del accionante de cesación a su detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La procedencia de esta acción con relación al derecho a la libertad física a partir del procesamiento ilegal o indebido
- III.2. El procedimiento a desarrollarse en el recurso de apelación incidental, cuando de por medio se encuentre restringido el derecho a la libertad física
- 1º REVOCAR
- 2º Disponer