SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1349/2013

Fecha: 15-Ago-2013

iii)

iii) En el presente caso, el ahora accionante ha sido detenido preventivamente, detención dispuesta por una autoridad competente, que por dicha disposición fue beneficiada con la cesación preventiva por detención domiciliaria; es decir, que la condición de detenido no cambia, sólo modifica de lugar, del Penal donde se encuentra detenido a su domicilio. También se debe tener en cuenta que las autoridades en este caso demandadas, deben cumplir con determinados trámites administrativos para ejecutar y cumplir decisiones judiciales.