SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1352/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1352/2013

Fecha: 15-Ago-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado a tiempo de ratificar su demanda de acción de libertad, ampliando su petitorio en audiencia señaló que para la remisión del legajo de apelación al Tribunal de alzada, no podía pagar el accionante al estar privado de su libertad, además de que no era necesario designarle un abogado defensor, por cuanto no fue declarado rebelde, con esos argumentos reiteró se conceda la tutela y se disponga su libertad.