SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1354/2013
Fecha: 15-Ago-2013
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del caso iniciado en contra del accionante por la presunta complicidad de robo agravado, fue beneficiado con medidas sustitutivas, y a pesar de haberse “caucionado fianza y arraigo”, no se libró el mandamiento de libertad, conforme al art 245 del Código de Procedimiento Penal (CPP), “…retardando indebidamente la solución o respuesta al derecho fundamental de petición consagrado en el art. 24 y la tutela judicial efectiva como el debido proceso legal y que tiene relación con el derecho a la libertad ambulatoria y el debido proceso…” (sic), dentro del tiempo razonable, conforme las “SCP 0177 y 799/2012” que establecen el plazo de tres días para su “realización efectiva”, constituyéndose lo contrario en delito contemplado en los arts. 153, 154 y 177 del Código Penal (CP).