SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1364/2013

Fecha: 16-Ago-2013

concedió

El Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del departamento de La Paz, mediante Resolución 156/2013 de 11 de mayo, cursante de fs. 34 a 37, concedió la tutela, dejando sin efecto la sanción pecuniaria de Bs9900.- (nueve mil novecientos bolivianos) impuesta al abogado defensor y la remisión de antecedentes a los Ministerios Público, de Justicia y al Colegio de Abogados, manteniéndose las demás determinaciones ordenadas por el Tribunal demandado, sin costas por ser excusable; con los siguientes fundamentos: i) El actual abogado de la defensa pidió la suspensión de la audiencia de 8 de mayo de 2013, solicitando se le conceda el plazo de diez días para asumir conocimiento del proceso y ejercer el derecho a la defensa, petición que no obstante haber sido aceptada por el Ministerio Público y la parte querellante, fue rechazada por los jueces demandados; determinación que motivó el abogado patrocinante abandone la sala, aduciendo procesamiento indebido, lo que conllevó sea sancionado con una multa pecuniaria de Bs9900; y, ii) Los demandados, al no haber otorgado el plazo de cuarenta y ocho horas a la defensa para materializar la misma de manera efectiva, a pesar de haber sido aceptada por la parte querellante y el Ministerio Público, ha vulnerado el art. 12 del CPP, respecto de la igualdad de oportunidades de las partes, toda vez que debieron haber escuchado la petición sin más trámite de forma pronta y oportuna, conforme prevé el art. 104 del citado Código adjetivo.