SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1367/2013

Fecha: 16-Ago-2013

concedió

El Juez Mixto de Partido y Sentencia Penal de Apolo del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 28/2013 de 19 de abril, cursante de fs. 28 a 29, concedió la tutela, disponiendo que el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Apolo en el plazo no mayor a diez días hábiles emita la correspondiente “resolución de reconsideración sea ésta afirmativa o negativa” (sic); en base a los siguientes fundamentos: 1) El art. 24 de la CPE, establece que toda persona tienen derecho a efectuar peticiones, lo cual implica que necesariamente debe existir respuestas a las mismas, sean éstas positivas o negativas con la única condicionante que sea debidamente fundamentadas, de manera que los ciudadanos no se encuentren en incertidumbre, dando lugar a que dicha omisión se considere una arbitrariedad; 2) El art. 22 de la LM, señala que el Concejo Municipal con el voto de dos tercios de sus miembros podrá reconsiderar las Ordenanzas y Resoluciones Municipales; y, 3) El Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Apolo al no haber respondido, sea de manera positiva o negativa a la solicitud de reconsideración interpuesta, ha vulnerado el derecho de petición del accionante, correspondiendo en consecuencia la otorgación de la tutela impetrada.