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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1378/2013

    Fecha: 16-Ago-2013

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
    • en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho la libertad y a la persecución o procesamiento indebido deben ser utilizados previamente por él o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas”
    • Fragmento 13
    • III.3.  Sobre supuestos actos irregulares del Ministerio Público o de terceros y la posibilidad de reclamarlos ante el juez cautelar
    • Fragmento 15
    • No debiendo recurrir en forma directa a la vía constitucional, la que es viable únicamente en situaciones en las que, impugnadas las supuestas ilegalidades, las mismas no sean reparadas por el juez ordinario
    • “cuyo control jurisdiccional se encuentra a cargo de la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal”
    • CONFIRMAR en todo

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