Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1442/2013
Fecha: 19-Ago-2013
Fragmento 12
Finalmente, el tercer presupuesto relacionado a la flexibilización de las reglas de la legitimación pasiva y la flexibilización de la actividad probatoria de las personas no expresamente demandadas en peticiones de tutela referente a vías de hecho, en la citada Resolución, se señaló lo siguiente: “En coherencia con lo señalado, se tiene que la legitimación pasiva, ha sido definida por el órgano contralor de constitucionalidad como la directa relación de causalidad entre las personas o autoridades demandadas y los actos u omisiones denunciadas como lesivas a derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Protección otorgada por la acción de amparo ante medidas de hecho
- Fragmento 12
- III.2. El derecho a la propiedad y su protección directa e inmediata
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR