Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1464/2013
Fecha: 22-Ago-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
La accionante suscribió diferentes actos de forma voluntaria, como es por ejemplo, el acto de entrega de despacho notariado, lo que determina considerar que el amparo constitucional no es procedente contra los actos consentidos libres y expresamente, citando al efecto las SSCC 0700/2003, 0598/2010-R y 0231/2010-R, así como la SCP 0725/2012; no pudiéndose conceder la tutela cuando se advierte que el acto denunciado ha sido consentido de forma libre y espontánea.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso en destitución de autoridades electas en Gobiernos Autónomos Municipales
- III.2.Análisis del caso concreto
- REVOCAR