SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 1405/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 1405/2013

Fecha: 16-Ago-2013

se puede afirmar que la persecución ilegal o indebida es la acción de seguimiento, búsqueda u hostigamiento de una persona que hace una autoridad pública o funcionario judicial sin que exista un motivo o razón legal.

A efecto del análisis del presente caso es preciso que previamente se determine cuáles son los presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional,  a efectos de determinar si concurrió o no una persecución ilegal. En este entendido  la  jurisprudencia constitucional a través de la SCP 0534/2012 de 9 de julio señaló: “(…) la doctrina ha establecido `“partiendo del concepto de persecución legal, el mismo que el Diccionario Enciclopédico Usual (1981:TV-219) persecución es, «…seguimiento del que huye, con idea de alcanzarlo, detenerlo, capturarlo (…) es una reclamación judicial…» se puede afirmar que la persecución ilegal o indebida es la acción de seguimiento, búsqueda u hostigamiento de una persona que hace una autoridad pública o funcionario judicial sin que exista un motivo o razón legal.

La causal de la persecución ilegal o indebida da lugar a la figura conocida por la doctrina constitucional como Acción de Libertad preventiva; pues se trata de evitar la consumación del acto restrictivo de la libertad, es decir se trata de evitar se consume la detención o apresamiento´ (SANTIVAÑEZ, Rivera José Antonio, Jurisdicción Constitucional, Tercera Edición, pág. 357)