AUTO CONSTITUCIONAL 0202/2013-RCA
Fecha: 10-Sep-2013
II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
En el caso concreto, la accionante hace conocer que dentro del proceso de divorcio se emitió sentencia que homologó un convenio transaccional en parte, por lo que en la etapa de ejecución se procedió a la división y partición de bienes gananciales, emitiéndose Resolución 23/12, determinándose la división y partición de los bienes al 50% para cada uno de los ex cónyuges; el demandado presentó apelación contra ésta, que fue resuelta a través del Auto de Vista 159 dictado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que anuló obrados hasta la resolución observada, la Jueza accionada dictó, un nuevo Auto Definitivo determinando el pago de Bs.6.115.46.-, a la accionante y el inmueble fruto de la litis se quedaba con el demandado, señala que éste acto vulneró sus derechos a la propiedad, “seguridad jurídica” y “derechos de la familia”.
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados, y cuando esto no ocurre queda abierta la protección que brinda el Amparo Constitucional
- Sin considerar los recursos, incidentes u otros medios no previstos por ley, o presentados extemporáneamente,
- CONFIRMAR