Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0208/2013-RCA
Fecha: 10-Sep-2013
a)
Solicita se conceda la tutela disponiendo: a) Se les otorgue el primer lugar como visitantes después de sus fraternidades afiliadas y/o se les permita abrir la festividad y/o otorgarles un puesto entre los diez primeros precautelando el bien superior de niños, niñas y adolescentes; b) Dejar sin efecto el art. 60 del Reglamento que determina que los niños menores sólo podrán ingresar en un número de veinte; c) Dejar sin efecto el capítulo sobre bloques de apoyo; y, d) Llamar severamente la atención al accionado con responsabilidad civil por no contestar oportunamente sus peticiones.