AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2013-CA
Fecha: 09-Sep-2013
Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
En consulta la Resolución 370/2013 de 19 de agosto, cursante de fs. 297 a 299 vta., pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por la que “deniegan” la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Esteban Sergio, Gonzalo Mauricio, Cecilia del Rosario, Lorena Lourdes, todos de apellido Dávalos Caballero y Martha Clara Caballero Buitrago Vda. de Dávalos, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 3 y 4 de la Ley 4026 de 15 de abril de 2009, por ser presuntamente contrarios a los arts. 1, 8.II, 14.III, 56.I, 57, 115.I y II, 119.I, 122, 123, 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); 7, 9, 17.1 y 2, 21.1 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; XXIII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 8 del Pacto de San José de Costa Rica; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- a)
- denegó”
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- 2°