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    AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2013-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2013-CA

    Fecha: 27-Sep-2013

    II.1.  Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

    Se demanda la inconstitucionalidad del art. 1 frase “y otras disposiciones específicas para la administración de la Finanzas Públicas” (sic), Disposiciones Adicionales Décimo Octava, Décima Novena y Vigésima de la LPGE Gestión 2013, por ser presuntamente contradictorios a los      arts. 56, 57, 115, 117, 119, 120, 158.11, 159.6 y 8, 178, 321.II y III y 410 de la CPE.

    • Administrador de Aduana Interior a.i.      de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • No ha lugar
    • I.4. Trámite procesal ante la Comisión de Admisión
    • II.1.  Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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