Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2013-CA
Fecha: 27-Sep-2013
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución AN-GRLPZ-LAPLI/76/2013 de 17 de abril, cursante de fs. 35 a 36, pronunciada por el Administrador de Aduana Interior a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia que dispuso “No ha lugar” la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Jaime Pardo Lozada.
- Administrador de Aduana Interior a.i. de la Gerencia Regional de La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- No ha lugar
- I.4. Trámite procesal ante la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR