AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2013-CA

Fecha: 27-Sep-2013

No ha lugar

Por Resolución AN-GRLPZ-LAPLI/76/2013 de 17 de abril, cursante de fs. 35 a 36, el Administrador de la Aduana Interior a.i. de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional de Bolivia, declaró “No ha lugar” la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, debido a que la Resolución Administrativa (RA) AN-GRLPZ-LAPLI/224/2013 de 25 de marzo, fue dictada antes de plantearse la presente acción, así la citada Resolución no dependía de la constitucionalidad de las normas impugnadas, por lo que de conformidad al art. 80.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), dispuso su remisión a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional.