SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1564/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1564/2013

Fecha: 16-Sep-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 20 de mayo de 2013 a horas 14:00, debió llevarse a cabo la audiencia señalada para considerar en el Centro Penitenciario de “San Pedro”, su cesación a la detención preventiva; sin embargo, dicho acto se instaló en las oficina de la Jueza demandada con la presencia de la Fiscal de Materia -según informó el Secretario Abogado a  Vladimir Nilo Medina Choque-, habiendo suspendido la misma porque su persona no hubiese estado presente y señalaron nueva audiencia para el 13 de junio del mismo año.

Asimismo, pidió audiencia para considerar la cesación a la detención preventiva, pero al Jueza decretó “audiencia conclusiva” (sic); la audiencia fue suspendida más de veinte veces pese a que está detenido desde el 26 de marzo de 2012; es decir, “un año, un mes y veinticinco días” (sic), por el supuesto delito de “robo de un celular que fue devuelto a la víctima” (sic); aspecto que le causó indignación, más aún por la suspensión reiterada de las audiencias que solicitó.