Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2014-CA
Fecha: 03-Ene-2014
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. “59.11” de la Ley 1715, modificado por el 34 de la Ley 3545; 204, 209 párrafo tercero, 219, 221 inc. a) del DS 29215, y el DS 29354, por ser presuntamente contrarios a los arts. 7, 8.II, 12.II y III, 13, 14.IV, 56, 57, 109.II, 158.I.3, 410.II de la CPE; 4 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; y, 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Sala Segunda del Tribunal Agroambiental
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- Fragmento 7
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada'
- RATIFICAR