Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0008/2014-RCA

    Fecha: 08-Ene-2014

    2° Disponer

    2° Disponer que el Tribunal de garantías en cumplimiento del art. 30.I.1 del Código Procesal Constitucional otorgue a los accionantes el plazo de tres días para que subsane las observaciones realizadas en el presente Auto y de ser así ADMITA la presente acción; y, previos los trámites de rigor, en audiencia pública de consideración determine lo que corresponda             en derecho concediendo o denegando la tutela.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia “in limine”
    • I.5. Trámite procesal
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • g)
    • II.3.  Análisis del caso en revisión
    • 2° Disponer

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca