AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2014-RCA

Fecha: 10-Ene-2014

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memoriales presentados el 21 de noviembre de 2013, cursante de fs. 47      a 51, y de 29 del mismo mes y año, corriente a fs. 63 y vta., el accionante indica que dentro del proceso laboral seguida en contra de UDEMCO S.R.L., a la cual representa, los demandantes pretendiendo el pago de sus liquidaciones, efectuaron un cálculo ilegal de supuestas horas extraordinarias sin establecer cuál la razón de su solicitud. El Juez de la causa por Sentencia 20 de 5 de abril de 2011, dio por probados los conceptos laborales para todos los demandantes sin hacer una fundamentación individual de los hechos por cada uno de ellos, reconociendo para dos de ellos el pago de desahucio y bono de antigüedad, omitiendo pronunciarse sobre el pago de abandono de trabajo alegado por la defensa de UDEMCO S.R.L.; ante esta ilegalidad se presentó recurso de apelación reclamando la imposición conjunta del desahucio por supuesto despido indirecto, reconocimiento en conjunto de indemnización y horas extraordinarias, cuando los demandados demostraron abandono a su fuente laboral y el pago doble de bono de antigüedad a los demandantes.

Señala que, radicada la causa en la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista 195 de 20 de agosto de 2012, confirmando la Sentencia 20, sin absolver cada uno de los “motivos reclamados”, ante tal situación presentaron recurso de casación, resuelto por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, por Auto Supremo 195 de 24 de abril de 2013, casando parcialmente el Auto de Vista  referido omitiendo ilegalmente pronunciarse sobre la contradicción evidente en la condena al pago de horas extraordinarias.