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    AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0015/2014-RCA

    Fecha: 10-Ene-2014

    I.2.

    El accionante, estima que fueron lesionados sus derechos y garantías a la petición, a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 24, 115.II, 178.I, 180.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.1 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2.
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • el plazo se suspende durante ese periodo; es decir, que el cómputo se corta con la interposición del recurso de amparo constitucional en este caso, y luego se reinicia o continúa el cómputo desde la notificación de la resolución o sentencia constitucional que no ingresó al fondo
    • II.3.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • CONFIRMAR

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