Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2014-RCA
Fecha: 10-Ene-2014
I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La accionante estima lesionado su derecho y garantía al trabajo en lo relativo a la estabilidad laboral, principio de seguridad jurídica y garantía del debido proceso citando al efecto los arts. 13.IV, 46.2, 48.I.II y III, 178, 180.II y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 5 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.