AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0019/2014-RCA

Fecha: 10-Ene-2014

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante estima vulnerados sus derechos a recurrir, a la doble instancia, al debido proceso y a la defensa, señalando al efecto los arts. 180.II, 256 y 410.II de Constitución Política del Estado (CPE); 1, 8 inc. h) y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.