Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2014
Fecha: 30-Ene-2014
II.8.
II.8. El 3 de julio de 2013, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Oruro, mediante Auto de Vista 69/2013 de la fecha, revocó la Resolución 560/2013, dejando subsistente la detención preventiva al considerar que concurrían los requisitos previstos en el art. 233.1 y el riesgo procesal descrito en el art. 234.5, ambos del CPP (fs. 77 a 79).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- tratándose de medidas cautelares de carácter personal
- III.2. Respecto al deber de fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR