Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0196/2014
Fecha: 30-Ene-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 19 de julio de 2013 a horas 15:00, ambos accionantes fueron aprehendidos en dependencias de la Policía de Colquechaca, con el propósito de tomarles su declaración informativa ante los hechos denunciados por Prudencia Vargas Chura, por la presunta comisión de delito de falsificación de moneda, con el fin del esclarecimiento de la verdad, el Fiscal de Materia demandado, les mantuvo ilegalmente en calidad de aprehendidos ya que ni siquiera fue identificado y calificado el delito por el cual les estuvieran procesando.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- cuando se denuncie vulneración del debido proceso a través de la acción de libertad, la lesión deberá estar directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante, no siendo exigible, apartir del entendimiento asumido por la SCP 0037/2012 de 26 de marzo, la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR