AUTO CONSTITUCIONAL 0366/2014-CA
Fecha: 21-Oct-2014
denuncia por ilegal retención de aportes sindicales”
En el presente caso, el Sindicato accionante a través de sus representantes solicitaron dentro del proceso administrativo emergente de la “denuncia por ilegal retención de aportes sindicales”, que el Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, promueva la acción de inconstitucionalidad concreta en contra de los arts. 1, 24 y 64 con referencia a las frases “y trabajadores universitarios” y “Sindicatos de Trabajadores Universitarios”; y, 66 inc. e) en su integridad, todos del Reglamento Electoral Universitario de la UAGRM.
Del análisis de la acción de inconstitucionalidad concreta, se tiene que el Sindicato accionante, inició proceso administrativo contra la UAGRM, porque supuestamente atentó contra la independencia y autonomía sindical, afectando el patrimonio de los trabajadores, al haber procedido a la retención ilegal de los aportes de los afiliados consistente en el uno por ciento del salario básico mensual; razón por la cual, acudieron ante la referida Jefatura, quien emitió el instructivo JDTSC/UAS/SMCH 002/2014, instruyendo al Rector de la UAGRM, proceda con el traspaso de los recursos correspondientes a los aportes propios de los trabajadores de dicha casa de estudios. Empero, ésta autoridad se negó a dar cumplimiento bajo el argumento que desconocía la representación del sindicato, observando la determinación de la Asamblea de Trabajadores por la cual se amplió su mandato, acto que supuestamente es contrario al reglamento de la mencionada Universidad, preceptos que ahora son observados como inconstitucionales.
En ese orden, se aclara que en el presente caso se analizará si la acción de inconstitucionalidad concreta, formulada dentro de la denuncia de retención de aportes sindicales, cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos por la norma procesal constitucional; así, se tiene que el instructivo JDTSC/UAS/SMCH 002/2014, emitido por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, que dispuso que el Rector de la UAGRM, proceda a cumplir con el traspaso de recursos correspondientes a los aportes propios de los trabajadores de la Universidad a favor del Sindicato de Trabajadores, no cursa en antecedentes que se encuentre pendiente de resolución; tampoco se observa conforme a lo aseverado por el Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz, que los preceptos legales cuestionados de inconstitucionales fueron aplicados en el referido instructivo a menos que éstos vayan a ser tomados cuenta al momento de resolver alguna impugnación, precisamente porque en obrados no cursa la misma en contra el referido instructivo, quedando claro que en el presente caso los accionantes no observaron los presupuestos de admisión que hacen a la presente acción, incumpliendo lo establecido por el art. 79 del CPCo.
- Jefe Departamental del Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- promovió
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- denuncia por ilegal retención de aportes sindicales”
- denuncia por retención de aportes sindicales
- REVOCAR