AUTO CONSTITUCIONAL 0371/2014-CA
Fecha: 21-Oct-2014
es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental
Del análisis de la acción presentada, no se advierte una debida fundamentación jurídico-constitucional en la que se especifique y exponga una duda razonable con relación a la constitucionalidad de las disposiciones legales impugnadas. Al respecto la SCP 0078/2013 de 14 de enero, determinó que: “…a efectos de ejercer el control de constitucionalidad en la acción de inconstitucionalidad en lo concreto, al igual que en la acción abstracta, es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental” (las negrillas nos corresponden). En el presente caso que se analiza, el accionante si bien individualiza los preceptos legales observados, no señala de qué manera -a su criterio- existe la supuesta contradicción, sino más bien lo hace de manera genérica sin especificar cómo se vulneran sus derechos en los artículos impugnados dentro del marco constitucional; por otro lado, no fundamenta en qué medida las normas impugnadas incurren en vulneración de derechos y garantías constitucionales, limitándose a señalar algunos artículos de la Ley Fundamental; de igual forma, no justificó en qué medida la decisión que adopte la Autoridad Sumariante del Ministerio Público, dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma impugnada. Consecuentemente no cumple con el art. 24.I.4 del CPCo, ingresando en las causales de rechazo conforme el art. 27.II. inc. c) del mismo cuerpo legal, al carecer de fundamento jurídico-constitucional que justifique una decisión de fondo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- no promovió
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- es indispensable que la o el accionante identifique con claridad la disposición impugnada y las razones por las que cree o entiende que dicha norma acusada de inconstitucional es presuntamente contraria a la Ley Fundamental