SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014-S2

Fecha: 10-Oct-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Refiere haber sido denunciado injustamente, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, y que fue notificado con la citación de declaración informativa policial, a la cual no asistió por estar delicado de salud, justificando su inasistencia con un certificado médico; por lo que, solicitó nueva fecha y hora para su declaración, en aplicación del art. 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la cual nunca fue señalada por la autoridad demandada, vulnerándose preceptos legales, puesto que se limitó a manifestar que “…este a proceso…” (sic); luego, emitieron supuestamente notificaciones, las mismas que no le fueron entregadas personalmente, limitándose a notificarlo en domicilios falsos, a personas que nada tenían que ver con los hechos denunciados, y quienes a su vez las devolvieron.

Anoticiado de los hechos, volvió a presentar memorial de apersonamiento voluntario, solicitando nueva fecha y hora de declaración informativa policial; empero, el Fiscal no se pronunció al respecto, sino que, en complicidad con el investigador asignado al caso, es perseguido injustamente por ambos, hasta el punto de hostigar a su familia, a su esposa y a su suegro, que es de la tercera edad, amenazándoles y manifestándoles, que si no se presenta sería detenido y puesto a disposición del juez; pese a haber demostrado su inocencia con relación a los hechos denunciados y que si bien existe una lesión, ésta se habría ocasionado involuntariamente, y de la cual, está pagando la curación y las letras de la movilidad de su querellante, en la medida de sus posibilidades.