Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2014-CA
Fecha: 10-Nov-2014
Fragmento 4
Por AC 0316/2014-CA de 15 de septiembre (fs. 262 a 263), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, dispuso que la autoridad consultante, notifique a los accionantes, para que procedan a subsanar la ausencia de firma de abogada o abogado patrocinante en el memorial de demanda, en el plazo de cinco días a partir de su legal notificación, bajo conminatoria de tenerse por no presentada la misma; habiéndose subsanado dicho aspecto el 30 de octubre del mismo año (fs. 271 a 276 vta.); por lo que, la presente Resolución es pronunciada dentro de plazo legal.
- Tribunal Disciplinario Departamental de la Jurisdicción Policial de Pando
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- Fragmento 4
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR