SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
concedió
Mediante Resolución de 15 de abril de 2014, cursante de fs. 78 a 80 vta., la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, concedió la tutela solicitada, disponiendo la anulación del Auto de 7 de abril de 2014 y ordenando que en el plazo de tres días se lleve a cabo nueva audiencia de apelación; decisión asumida con el argumento de que el Tribunal de apelación, no obstante la argumentación de la defensa del imputado, no ingresó al análisis de fondo de la Resolución de incidentes ni de la resolución de medida cautelar y tampoco esgrimió la suficiente argumentación que permita generar la necesaria convicción respecto a la decisión adoptada por la Jueza a quo que incurrió en apreciaciones erradas, las cuales correspondía ser analizadas por el Tribunal de alzada y enmendadas, aún cuando las pretensiones del imputado no hubieran sido lo suficientemente claras, esto en mérito al principio de informalismo y verdad material.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- indebidamente procesada
- a)
- III.2. Fundamentación y motivación de las resoluciones que impongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares y aquellas que se pronuncien en apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Respecto a los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- III.3.2. Respecto a la Jueza Decimosegunda de Instrucción en lo Penal
- : CONFIRMAR