SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0066/2014-S1
Fecha: 20-Nov-2014
Fragmento 13
Por lo que se concluye, que en materia laboral, frente a un despido arbitrario e injustificado, los trabajadores se hallan posibilitados de solicitar su reincorporación ante las Jefaturas Departamentales del Trabajo, para que éstas, en aplicación de la normativa laboral vigente y siguiendo el procedimiento, emitan la correspondiente resolución que conmine al empleador a la reincorporación del trabajador a su fuente laboral, correspondiendo entenderse este acto, como el fin de la vía administrativa; pero, ante la negativa del cumplimiento de la conminatoria por la parte patronal, el ordenamiento jurídico prevé que el trabajador puede, acudir directamente a la justicia constitucional mediante la acción de amparo constitucional, con la finalidad de que se le restituyan sus derechos, sin tener que agotar previamente la vía judicial, en estricta observancia de los Decretos Supremos (DDSS) 28699 y 0495.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De las Jefaturas Departamentales de Trabajo; normativa vigente
- Fragmento 13
- III.2. Obligatoriedad en el cumplimiento de las conminatorias de reincorporación
- III.3. Análisis del caso concreto
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