SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 2 de abril de 2014, cursante de fs. 18 a 20, denegó la tutela solicitada, sin costas, multas, daños ni perjuicios para las autoridades demandadas; en base al siguiente razonamiento: a) En concordancia con los arts. 23, 115, 125, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el art. 46 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en la tramitación de todo proceso penal, se debe actuar sin dilaciones indebidas;    b) En el caso presente, el accionante estaría siendo indebidamente privado de su libertad como efecto del actuar de la autoridad demandada, quien no tramitó con la diligencia requerida el arraigo dispuesto por la autoridad jurisdiccional; sin embargo, del informe emitido por la autoridad demandada y la prueba aparejada, se demuestra que el referido trámite ya habría concluido; y, c) Considerando que el elemento principal denunciado no se adecúa a lo preceptuado por el art. 125 de la CPE, al no ser la causa de la prolongación de la privación de libertad del accionante, corresponde denegar la tutela invocada.