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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2014-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2014-S3

    Fecha: 10-Nov-2014

    I.1.2.

    El accionante estima lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a ser oída, citando al efecto los arts. 109, 114, 115, 116, 117, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2.
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
    • CONFIRMAR

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