SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0155/2014-S2

Fecha: 20-Nov-2014

dicha determinación, establece categóricamente la orden de pago de la suma dineraria de $us400 000.- a favor de los accionantes, así como el pago de daños y perjuicios, emergente del usufructo que hicieron los demandados de dicho monto que fue entregado como parte de una obligación contractual

         Según se anotó líneas arriba, el proceso civil que motivó la presente acción de amparo constitucional, cuenta con sentencia ejecutoriada, es decir, cosa juzgada material, conforme lo han reconocido las propias autoridades demandadas, en particular la Jueza de la causa, ya que mediante Auto de 12 de diciembre de 2012, dio inicio a la fase de ejecución de sentencia; dicha determinación, establece categóricamente la orden de pago de la suma dineraria de $us400 000.- a favor de los accionantes, así como el pago de daños y perjuicios, emergente del usufructo que hicieron los demandados de dicho monto que fue entregado como parte de una obligación contractual. En ese entendido, queda absolutamente claro, conforme al entendimiento desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente disidencia, que la cosa juzgada material tiene como efecto que lo dispuesto por la sentencia es irrevocable e inmutable; y en segundo lugar, que tiene carácter coercitivo para dar cabal cumplimiento a su contenido.